El delito por falso testimonio, denuncias, penas y cómo demostrarlo

Sí cometes un delito de falso testimonio ¿qué te puede pasar? Mejor te lo explicamos para que te lo pienses dos veces antes de hacerlo.

Como ya sabes, el testigo es una figura física que es ajena al proceso.

El testigo es citado por la institución judicial para que rinda declaración sobre hechos pasados que tienen importancia para dicho proceso judicial, en orden a la constancia y prueba de perpetración de delitos, con todos los acontecimientos que probablemente influyen en la calificación, además de la infracción del delincuente.

Cuando el testigo brinda falso testimonio en el juicio, dicha conducta forma parte del Código Penal, específicamente en delitos ante la Administración de Justicia.

Este delito de es castigado con pena de multa y prisión según el art. 458 del Código Penal. Diferenciando el falso testimonio en un juicio penal o civil, pero si es en lo penal la condena se agrava.

¿Qué es el delito de falso testimonio en un juicio?

un falso testimonio

El delito de falso testimonio es un hecho criminal cometido en contra de la Administración de Justicia ya sea por un perito, intérprete o testigo que no cumple con la verdad en su dictamen, traducción o testimonio durante un proceso legal.

Estarían cometiendo delito de falso testimonio parcial, cuando sean inexactos, alteren con reticencias sin faltar de forma sustancial a la verdad o callen datos de importancia de su conocimiento.

Infracción de autoría dolosa y directa.

El testigo con falso testimonio en juicio está sujeto a las determinaciones incluidas en el Código Penal, específicamente en el Capítulo sobre delitos ante la justicia.

Este delito de falso testimonio es castigado con multa y prisión según el Código Penal en su artículo 458, el cual dependerá del tipo de juicio si es penal o civil, pero la pena es más grave en un juicio penal.

¿Es delito con pena de prisión o multa?

La pena por falso testimonio durante una causa civil impuesta será de seis meses y hasta dos años en prisión, junto con una multa de 3 meses hasta 6 meses.

Cuando emite sin faltar a la verdad de forma sustancia, inexactitudes o alterare la verdad con reticencias, o miente el testigo durante el juicio obviando datos o hechos de importancia; la pena será de 6 meses hasta 12 meses de multa.

Y, si fuera el caso, quedará suspendido del cargo o empleo público durante seis meses hasta un máximo de tres años.

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El acusado durante un proceso penal a diferencia de testigos, le es reconocido su derecho a no decir la verdad o mentira, debido a que su derecho por defenderse prima, por ello, no puede ser condenado el acusado por esta clase de quebrantamiento.

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Eso no quiere decir que, la presentación de un falso testimonio en defensa de la inocencia del acusado y queda demostrada la mentira a favor de este, que no pueda condenarse dicho acusado por la autoría de una infracción incluida en el Código Penal en su artículo 461.

A medida que se producen los avances en el área tecnológica, es más sencillo seguir al testigo que emite la mentira en un proceso judicial.

Las grabaciones audiovisuales en juicios son una prueba importante al momento de actuar en denuncia por falso testimonio de un testigo durante el juicio.

También puede ser utilizada como prueba en contra del falso testimonio de un testigo, las conversaciones grabadas como prueba.

Es por ello, que los testigos deben ser cuidadosos en sus testimonios, solamente deben limitarse a manifestar sólo los hechos que conozcan y que se relacionen con el procedimiento judicial.

Pero, sobre todo, que no se presten para dar falso testimonio por sus relaciones familiares, amistad a favor de la persona acusada o para favorecer a una de las partes en el proceso con su declaración (en caso de juicios civiles).

Requisitos del delito de falso testimonio

En lo referente al delito penal y sus requisitos, según define el Código penal en su artículo 458 el falso testimonio es considerado como delito cuando se llama como testigo a la persona en causa judicial y este se aleja de la verdad, mintiendo en todo lo que sabe y lo que se pregunta.

Un deber moral es el decir la verdad, lo cual se hace complicado en la vida social ya que se basa en la mutua confianza.

Sin embargo, mentir recibe una respuesta punitiva como acto inmoral debido a que en nuestra sociedad libre y plural sólo un pequeño foco de moral debe respaldarse por la obligación penal, convirtiéndose este seguramente en uno de los indicadores más diestros del grado de libertad asegurado en cada conjunto social a sus partes.

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Sólo es obligada y admisible la reacción penal ante falso testimonio, cuando dicha mentira daña bienes individuales, jurídicos o colectivos, cuya defensa es necesaria para una pacífica y saludable convivencia.

Citemos un ejemplo, emitir un falso testimonio como testigo en un proceso penal es delito, ya que uno de los medios probatorios es el testimonio sobre el cual pueda basarse la infalibilidad del juzgador sobre las gestas que han de establecer la proposición menor del argumento judicial.

Existe la probabilidad de que provoque un error al tribunal o al juez ante el cual es valorado como real, cause una injusta resolución.

Un pronunciamiento en el cual no se haga el valor supremo de justicia y se ocasione un daño en un interés que debe salvaguardar el poder legislativo.

Por ello, es la principal razón en la que este tipo de delito en una sociedad democrática, es calificado como un delito penal por ley y conlleve una pena.

saber más del delito de falso testimonioCómo realizar una denuncia por falso testimonio

Para hacer una denuncia por falso testimonio y demostrar la difamación en una declaración respecto a tu persona por un tercero, lo cual ha ocasionado algún perjuicio de cierta forma.

En caso de no poder demostrar alguno de dichos aspectos, resulta complicado que una demanda por difamación pueda ganarse.

  • Lo primero que debes hacer para comprobar una difamación, es probar que dicha persona hizo contra ti una declaración. Puede ser escrita o verbal la declaración. De incluir la imputación esta declaración respecto a un hecho que la justicia toma como delito, nos encontramos frente a una calumnia.
  • Después de probar la declaración contra tu persona, debes probar la falsedad o poca veracidad de lo declarado. Si no resulta totalmente falso testimonio, disminuyen las probabilidades de ganar por difamación la demanda.
  • El siguiente paso es la demostración de falsedad en la declaración hecha por otra persona la cual ha sido compartida o difundida con otro involucrado. Puede ser transmitida la declaración de forma escrita o verbal a un grupo de personas o una persona, pero debe hacer referencia a ti de manera concreta.
  • En el último paso, debes comprobar que el falso testimonio difundido por una tercera persona te ha ocasionado un perjuicio. No es suficiente demostrar que existe un perjuicio potencial, ha debido producirse el daño.
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Debes demostrar que ha sido dañada tu reputación. Por lo general, los daños más sencillos de demostrarse son los económicos que se relacionan con negocios o el trabajo.

La defensa primordial por difamación de los acusados es probar que lo dicho es cierto. Las declaraciones efectuadas en procedimientos judiciales se encuentran absueltas de imputaciones por difamación.

Veamos otro ejemplo, si una tercera habla algo respecto a tu persona al rendir su declaración en un juicio como testigo, no es posible que puedas introducir una demanda por difamación sin importar que sea un falso testimonio sobre ti.

Puede que otra clase de demandas se interpongan, pero si es por difamación no.

Tampoco podrán demandarse las opiniones personales expresadas por difamación. Si un tercero afirma que tu eres un alcohólico, no puedes demandarle por difamarte porque en una sentencia se puede interpretar fácilmente como una opinión.

Pero, si esta persona dice que eres alcohólico, dicha afirmación puede conducir una demanda por difamación, ya que es categórica.

Regulación del falso testimonio

una denuncia por falso testimonioEn el título XX del Código Penal del año 1995 el falso testimonio se regula, específicamente en los artículos 458 hasta el artículo 462, aquí se contemplan diferentes conductas, donde se basa principalmente el núcleo de acción en la conducta dentro del artículo 458.1.

Un tipo agravado a partir de allí se regula en caso que se preste el testimonio en causas punitivas, ampliándolo a declaraciones prestadas en Comisiones rogatorias y Tribunales Internacionales realizadas en España (esto puedes confirmarlo en el artículo 458.3 del Código Penal).

Dentro del artículo 459 se especifica el castigo de la conducta en lo que respecta a los testigos, peritos e interpretes por falso testimonio.

El falso testimonio parcial también es castigado y la provocación y supuestos de inducción a través de la presentación de falsos testigos en juicio, bien por los Abogados o por las partes y otros profesionales.

La excusa absolutoria de retracción se recoge en último término (artículo 462) dadiva a la que la persona que durante el juicio se retracte respecto a un falso testimonio previo será absuelto de pena, a menos que debido a esto se haya ocasionado la privación de libertad.

En dicho caso la revocación supondrá una pena impuesta en correspondencia al delito de grado menor.

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