Pensión de invalidez permanente, por invalidez y no contributiva
Para la otorgación de una Pensión de Invalidez debes estar al tanto de muchos y variados factores, entre los que destacan los tipos de Discapacidad, su nivel de desarrollo y la afectación.
De igual forma la limitación para trabajar en alguna actividad laboral hace que la obtención de una Pensión de Invalidez sea importante y por ello la presente información.
¿Qué se entiende por pensión de invalidez?
Podemos comprender como Pensión de Invalidez el pago mensual a la persona calificada como Inválida, cuya patología o accidente no derive de área laboral, es decir de origen común.
Del mismo modo, la calificación de invalidez se otorga por la pérdida del 50% de la capacidad para laborar sea física, psíquico o congénito que imposibilite la condición física, psíquica y sensorial.
O que en cualquier caso inhabilite al trabajador a realizar sus funciones cotidianas y amerite la ayuda de un tercero para poder realizarlas.
Por otra parte, también hay ayudas por lesiones permanentes que no signifiquen una invalidez.
La pensión por invalidez se refiere a mutilaciones, deformidades y lesiones producto de accidentes laborales o enfermedades de tipo profesional.
Estas lesiones son siempre un problema para realizar las actividades pero no es necesario que constituyan incapacidad permanente.
Requerimientos para la pensión de invalidez no contributiva
Cabe destacar que la pensión no contributiva de invalidez dentro de la Ley General de la Seguridad Social presenta requisitos para la obtención de una Pensión por tener una discapacidad.
Como primer requisito destaca el alta en la Seguridad Social este es obligatorio para percibir el beneficio.
A su vez poseer menos de los sesenta y cinco años de edad y no poseer jubilación contributiva, al igual que un profesional confirme la discapacidad según su grado y asegure su existencia.
Si tienes una incapacidad permanente debes poseer un número de cotizaciones que varían según tus años.
En el caso de la pensión de invalidez por enfermedad Común, es decir no originado por trabajar debe haber cotizado la suma de 1800 días esto debe ser 10 meses antes a que te diagnostiquen dicha enfermedad.
Cuando la incapacidad es originada por un accidente o enfermedad laboral y tenga la edad que tenga el demandante no se solicitará previa cotización.
Tipos de pensiones de invalidez
En la pensión de invalidez permanente es; la incapacidad parcial disminuye el rendimiento en lo laboral no inferior al 33%Cuando es incapacidad total la persona no puede desempeñar ninguna labor.
La absoluta lo imposibilita a cualquier trabajo u oficio, en la Gran validez, no solo lo imposibilita a realizar sus oficios, sino también requiere ayuda para sus actividades cotidianas esenciales.
Parcial
Se origina ante el pago mensual por una incapacidad permanente parcial, que ocasiona una disminución no inferior al 33% al trabajador sin impedirle realizar sus tareas fundamentales.
De igual manera no se encuentra incapacitado para la ejecución de cualquier otra labor ni sus labores cotidiana a realizar por el mismo.
Total
Esta es la situación donde se realiza el pago mensual o pensión a personas con una Incapacidad Permanente Total, ante la imposibilidad del trabajador para realizar sus tareas de su profesión.
Sin embargo, esto no lo inhabilita para dedicarse a otro oficio, labor o trabajo ni lo imposibilita para la realización de las actividades cotidianas ni por realizar por el mismo.
Absoluta
Cuando hablamos de la pensión invalidez absoluta, decimos que es aquella en la que el trabajador queda imposibilitado para la ejecución por completo de toda profesión y oficio.
Por ello se realiza el pago mensual o prestación económica también llamado pensión para este tipo de trabajador que ha sido calificado con este tipo de incapacidad.
Gran invalidez
En primer lugar, es aquel trabajador que a causa de alguna pérdida anatómica o funcional se encuentra inhabilitada para la ejecución de cualquier oficio, trabajo o labor, por ello la pensión.
El mismo no puede ejecutar su oficio profesional ni cualquier otra labor, en otra área o sitio de trabajo.
La Gran Invalidez origina que el trabajador amerite la asistencia de otra persona para la realización de las labores esenciales de la vida, de vestimenta, alimentación e inclusive de desplazamiento.
Pensión de invalidez por enfermedad común
Consiste en el pago mensual a aquella persona calificada como inválida es decir que ha perdido el 50% de su capacidad laboral por una enfermedad que no deriva de lo laboral es decir común.
Recordemos que, al mencionar enfermedad común, es que aquella que no se origina ante el trabajo o por accidente dentro del área laboral.
¿Cómo se calcula la pensión de invalidez?
Se aplica según la base reguladora y el porcentaje originado del grado de incapacidad permanente, la permanente parcial es una indemnización de 24 mensualidades de base.
En la incapacidad permanente total la base es de 55% de base que puede incrementarse un 20% a partir de los 55 años cuando se presuma que posee dificultad para obtener empleo distinto.
Por otra parte, cuando es incapacidad permanente absoluta la base es de 100%, en cambio Gran invalidez se aplica la base, el porcentaje que corresponde según sea total o absoluta.
Si se origina por una enfermedad o accidente común se abona 14 pagos (mensualmente por dos pagas extraordinarias) si deriva del trabajo o enfermedad laboral se abona 12 mensualidades.
Esta se evalúa anualmente y se sujeta a impuestos sobre la renta de las personas físicas (IRPF) siendo exentas de retención de impuestos la incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
¿Cómo solicitar pensión por discapacidad?
Para comenzar encontramos, que tanto el solicitante como los miembros de la Unidad Económica de Convivencia mayores de 16 años deben presentar la siguiente documentación.
Deben tener en cuenta la documentación, el solicitante debe presentar; comenzando con Fotocopia del DNI o NIE, Informe de vida Laboral otorgado por la tesorería de la seguridad social.
A su vez, Autorización de los miembros de la Unidad Económica de Convivencia en ficheros públicos para acreditarlos, también la Composición de la Unidad Económica de Convivencia.
Además del bien económico propio, certificados empresariales de rentas correspondientes al año anterior o la declaración de renta del período anterior y su respectiva fotocopia de las nóminas del año en curso.
En secuencia el certificado actualizado de inscripción del INEM indicando si recibe o no prestación por desempleo; certificado del INSS que informe la cuantía de la pensión.
A su vez que el certificado del INSS acredite a los demás miembros de la unidad económica de convivencia o certificado negativo.
De igual forma, el certificado de grado de Discapacidad o su incapacidad judicial en grado absoluto, y la acreditación de los miembros de la Unidad Económica de Convivencia, padrón.
Si la persona reside un centro debe agregar el certificado del Director del centro donde atestigüe la fecha de ingreso y permanencia en el mismo.
Del mismo modo, la certificación de los padrones municipales que asegure 5 años de residencia legal en España, dos consecutivos y anteriores a la fecha de solicitud a esto lo llamamos patrón histórico.
Recuerda que ante cualquier problema que surja y necesites un abogado siempre puedes recurrir a un abogado de oficio gratis.
Un trámite necesario
Si eres Extranjero debes presentar ante la DGP que testifique el periodo de estadía legal en España y certificación de la Embajada del país origen que certifique que no recibes pensión en su país.
Como representante legal, la acreditación de la representación que suscriba como parte de persona distinta al beneficiario; como representante legar o tutor.
Deberá incluir la resolución judicial y si es guardador de hecho cumplimentar documento; en ambos casos incluir datos bancarios con nombre del representante legal.
Igualmente, la entrega presencialmente en las oficinas de registro de la comunidad de Madrid; también de la Administración General del Estado.
En consecuente otras Comunidades autónomas o de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, también se encuentran incluidos las oficinas de atención.
Además de Representaciones diplomáticas, oficinas de correos y oficinas consulares españolas en otros países.
La burocracia tiene sus pasos
Finalmente, aquellos adjuntos a las Oficinas Integradas para la atención ciudadana y pueden entregarse personalmente toda la documentación respectiva.
Si fuera el caso de presentación digital de la documentación por medio del Registro Telemáticos de la Consejería, es posible hacer uso de certificados plenamente reconocidos por la comunidad madrileña.
En la página online de esta comunidad incluye el formulario a completar, el envío se realiza de forma inmediata para que pueda ser tramitado y hacer la solicitud del domicilio bancario.
Puedes recibir la notificación vía telemática, siempre y cuando el usuario se encuentre dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Documentados contribuidos mientras se efectúe el trámite del expediente por medio del servicio de Contribución Telemática de Documentos ingresando al estado.
A su vez enviar comunicaciones referidas a expedientes abierto a través de la consulta de estado de tramitación, dentro de la página de Administración Electrónica.
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