Intereses moratorios - ¿Qué son y cómo se calculan?

¿Sabes qué son los intereses moratorios y cómo se calcula? En esta sección, te lo explicaremos.

La mayoría de las empresas, usan como estrategia para el aumento de sus ventas la figura del crédito, vendiendo a plazos a sus clientes, y recuperan su inversión en 30 o 60 días a más tardar.

También vemos que estas empresas compran muchos insumos o materia prima a crédito, y en su mayoría manejan el crédito bancario. En así como nacen los intereses moratorios.

¿Qué son los intereses moratorios?

Cuando hablamos de intereses moratorios, nos referimos al porcentaje que se cobra cuando existe la figura de atraso al pagar un crédito o préstamo. Y se cobran sobre el monto donde hubo atraso.

Otro concepto es: Los intereses corresponden a una renta que se debe pagar por el uso de un determinado capital a un plazo establecido.

Por lo tanto está en todo su derecho el acreedor a cobrar intereses, cuando la persona le queda mal en el pago, ya que ese dinero corresponde a su capital o patrimonio.

Qué renglones se consideran intereses:

  • El IVA no se considera interés
  • Las primas de seguro que se cancelen con la finalidad de proteger el patrimonio del contratante o la entidad bancaria, no se consideran interés
  • Se pueden contabilizar como intereses las sumas que el acreedor reciba del deudor por honorarios, y comisiones de diverso índole.

¿Cuál es la diferencia entre los intereses moratorios y procesales?

  • Los intereses procesales se rigen por la Ley de enjuiciamiento civil y los intereses de mora se rigen por el código civil.
  • Los intereses procesales tienen como finalidad el cumplimento inmediato de una resolución judicial, y los intereses moratorios buscan reparar un daño por el retraso de un pago.
  • Además, los intereses procesales son aplicados de manera automática (de oficio) por los entes judiciales y son de obligado cumplimiento.
  • Los intereses moratorios, para que sean reconocidos por un ente judicial se tiene que hacer la formal petición de su pago en la demanda.

Podemos tomar tres puntos muy importantes como conclusión a este tema que son:

  1. Existe un acto donde se establece que la obligación del crédito o préstamo generará intereses.
  2. Este trato tiene que ver con deudas monetarias, de dinero.
  3. Tiene que existir un vencimiento y un atraso en la deuda para generar intereses moratorios.
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¿Cómo se calculan los intereses moratorios?

cálculo de los intereses moratorios

En la época en que vivimos, podemos observar una severa crisis económica en muchos países, esto trae como consecuencia la insolvencia al momento de cancelar deudas pendientes,

Que en algún momento se tienen que cancelar, para evitar perjuicios contra el prestatario, además por el tiempo que exista el atraso debemos pagar los intereses moratorios.

Ahora bien para hacer los cálculos de intereses moratorios, es necesario que estos estén especificados en el contrato, y si no lo están se tomará el porcentaje para el dinero legal.

Estos porcentajes están fijados para el año 2018 en 3%, y si no se usará un 5% que es el porcentaje que se maneja para el cálculo de intereses moratorios.

Así una vez tengamos claro el interés que se aplicará debemos realizar la siguiente fórmula cuando se trate de una cantidad global y no en plazos:

Interés de mora= (monto de la deuda) x tiempo de atraso /365 días x porcentaje del interés de mora.

Cuando se tenga que aplicar el interés de mora a una cuota o giro específico se aplica así:

El monto parcial adeudado x 5% (intereses moratorios) = xxxxxx

xxxxx/30 días del mes x 25 días (tiempo de mora) = xxxxx

Límite aplicable para el interés de mora

Cuando hablamos de límite aplicable al interés de mora esto tiene que ver con la usura, o sea que no está permitido que una de las partes obtenga un excesivo beneficio con el interés de mora.

Por lo tanto estos límites están intrínsecamente relacionados con:

  • Que la actividad del acreedor se encuentre regulada
  • El plazo y los montos de los créditos
  • Las garantías existentes
  • La variación de los índices de inflación

¿Qué ocurre si no hemos pautado expresamente el interés moratorio?

Cuando realizamos una negociación de un préstamo, generalmente en el contrato deben indicarse los intereses moratorios que se cobrarán en caso de retraso.

Estos intereses vienen dados por unos indicadores que el estado indica para ellos, tienen sus topes máximos.

En caso de que estos intereses moratorios no se encuentren detallados en dicho contrato, se tomarán los intereses legales que están para el año 2018 en un 3%.

¿Cuándo se puede considerar que los intereses de mora son abusivos?

Al adquirir un préstamo sino están especificados los intereses de mora en el contrato respectivo

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Y en caso de que nos atrasemos y nos cobran unos intereses de mora exorbitantes, fuera de todo concepto legal, podemos decir que los intereses moratorios abusivos, se han apoderado de nuestro convenio.

En préstamos hipotecarios está establecido que el interés de mora no puede ser superior a 3 veces más del interés legal cobrado, o sea si el interés legal está en 3% el de mora será máximo del 9%

Para tal fin el Tribunal Supremo determinó que el porcentaje ideal para cobrar los efectos de la mora es un 2% más del interés legal normal pautado en el contrato como tal.

En todo caso los intereses moratorios abusivos, se pueden impugnar.

¿Qué podemos hacer?

En caso de que uno se atrase en el pago, el banco cobrará una comisión por la cobranza más los intereses de mora, estos no pueden llegar a superar un 2% del interés del préstamo,

Si llega a superar el 2% puedes solicitarle al banco su revisión y modificación de la liquidación por nulidad de esta cláusula.

Lo más probable es que el banco ignore tus sugerencias, en este caso debes pagar la liquidación y hacer la reclamación por escrito.

Se debe reclamar ante el defensor del cliente de la institución, la última opción es intentar ante los tribunales.

Ejemplo de cálculo de intereses moratorios

Para visualizar mejor cómo se calculan los intereses de mora en caso de pago único y en caso de pago a plazos tenemos los siguientes ejemplos:

Para pago único:

Juan debe al banco 5000 € al 31 de diciembre del 2017, pero por causas ajenas no pudo cancelar a tiempo y canceló fue el 15 de enero del 2018, entonces se aplica la fórmula:

Monto de la deuda x tiempo de atraso / 365 días x porcentaje de intereses de mora

5000 € x 15 días de atraso / 365 x 5% = 10.27 € de intereses de mora a pagar

Para pago por plazos o giros

Juan debía pagar 1000 € de un total de 5000€ el 1 de marzo del 2018 pero se atrasó y pago el 30 de marzo

Se aplica:

Monto del giro adeudado x interés moratorio / 30 días del mes x tiempo de mora

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1000 € x 5% /30 x 30 = 50 € de intereses de mora.

Aquí observamos claramente, que la forma de realizar el cálculo de intereses moratorios es sencilla y fácil de aplicar, por esta razón debemos tenerla clara al momento de cancelar.

Calculando nosotros mismos cada vez que nos toque pagar intereses de mora, esto nos permite comparar con los cálculos bancarios o de particulares.

Otras preguntas de interés

¿Se pueden cobrar intereses de mora por cuotas no vencidas?

No se pueden cobrar intereses moratorios por cuotas no vencidas ni por adelantado, ya que la esencia del interés de mora se refiere al atraso de las deudas adquiridas.

¿Se puede emitir una cláusula sancionatoria por la cancelación de pago pendiente?

Definitivamente no, se puede emitir ninguna cláusula sancionatoria, cuando el cliente o deudor decida pagar la deuda de forma anticipada, ni cláusulas penales.

Es más lo más lógico sería hacer un recalculo de intereses ordinarios y bajarlos al total deuda, pero muchos acreedores no estarán de acuerdo con esto y por lo tanto no es obligante.

¿Cómo se determina un monto a financiar?

Cuando se adquiere un bien a crédito, generalmente se exige una cuota inicial, si del total precio del bien le restamos la cuota inicial nos quedó el monto a financiar.

En muchos establecimientos ofrecen un precio más bajo de contado que el de crédito la diferencia entre los dos debería ser los intereses ordinarios que se cobran por la adquisición de dicho bien.

¿Quién tiene la facultad de revisar las tasas de intereses vigentes y sus límites?

Existen unos límites máximos legales para el cobro de intereses, ahora bien le corresponde revisar a todos los empresarios que trabajen con venta de bienes muebles.

También deben revisar los empresarios que trabajen con bienes y servicios, si la tasa que están cobrando está dentro de los parámetros legales.

En caso de sobrepasar los límites, debe adaptarse y bajar dichas tasas y en caso contrario si está cobrando por debajo de lo establecido, puede subirla hasta el límite.

También la persona que adquiere un bien o servicio debe estar muy pendiente al momento de realizar la negociación y revisar que le estén cobrando lo que indica la ley.

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