Qué hacer en caso de acoso laboral y cómo denunciar

El acoso laboral no es algo que haya nacido ayer o fruto de los medios de comunicación. Aunque ahora lo llamen también mobbing, por desgracia viene de lejos, quizás sea tan antiguo como el trabajo. Estamos ante una realidad que cada vez es más denunciada. a pesar de esto, en algunos casos es complicado identificarlo.

Muchas veces podemos ver como el mobbing o discriminación laboral aparece como algo que en cierta manera entra dentro de lo normal. Algo lógico cuando donde aparece el acoso no tienen el mínimo interés en que esto pueda llegar a oídos de un juez. A pesar de esto y el oscurantismo que hay sobre el tema, podemos distinguir los tipos de acoso laboral o mobbing.

Tipos de acoso laboral

El acoso laboral no se realiza de una única forma. Vamos a ver los tipos de "Mobbing" existentes:

Mobbing estratégico

Suele llamarse así al acoso de carácter institucional. Llega hasta el punto de para muchas empresas ser fruto de su estrategia, todo con el objetivo de que la persona a la que se acosa termine "rindiéndose" y rescindiendo el contrato voluntariamente. La empresa busca esto para no afrontar la posible indemnización por despido improcedente que podría sufrir.

acoso laboral

Como puedes imaginar, esta variante del mobbing es una pesadilla para los que la sufren, pudiendo ser de muchas maneras y acabando en múltiples casos episodios de estrés, ansiedad o depresión.

Manías, malas relaciones personales, etc. son algunas de las causas que pueden hacer de este mobbing una realidad.

Mobbing de dirección

Aquí los que llevan a acabo el mobbing no son los simples empleados, puesto que lo lleva la dirección de la empresa. Las razones para el acoso, son de lo más variado, desde prescindir de un empleado que no dice que "sí" a todo, hasta motivos personales, desde no querer en la empresa a alguien con supra-capacitación a no tener la mínima consideración por la persona.

En esta clase de acoso en el trabajo, se intenta que aumente la productividad que tiene la empresa mediante el miedo, pues los empleados suelen sufrir amenazas constantes de despido en caso de no cumplir los objetivos marcados desde la dirección.

Mobbing perverso

En este otro tipo, el mobbing no tiene un fin laboral, lo que ocurre es que se desarrolla una personalidad manipuladora y con instigaciones continuas por parte del acosador. En este tipo de acoso, los actos se realizan solo con la víctima, por lo que es complicado que tenga testigos.

Todo esto es algo que te puede afectar en el ámbito de la familia, más allá del entorno de trabajo.

Mobbing disciplinario

Aquí entramos en un mobbing que se utiliza, para que la persona a quien se acosa comprende que tiene que entrar en el funcionamiento de la empresa, aunque sea fraudulento, de lo contrario recibirá una serie de castigos.

No solo es un acoso que genera miedo en la víctima, también sirve para advertir al resto de compañeros que ellos pueden ser los próximos de no acatar las instrucciones.

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Estas acciones suelen emprenderse con trabajadores que también suelen tener un buen número de bajas laborales, embarazadas y demás personas que denuncian que la empresa en cuestión está funcionando o teniendo comportamientos de carácter fraudulentos.

Lo peor de todo sin duda es sufrir acoso laboral entre compañeros, gente que debería trabajar de forma conjunta por el bien de la empresa.

Que hacer en caso de acoso laboral

Si ocurre esta situación, hay varias opciones, todo depende de la clase de acoso que se reciba, las pruebas que se tengan y el acoso de quien venga.

Estamos ante un tipo de situación que no es fácil, por lo que contar con el asesoramiento por parte de un profesional en estos temas, ayudará a seguir el camino correcto. Es lo mejor que hacer en caso de acoso laboral.

Cómo denunciar acoso laboral

A la hora de poner una denuncia por este tipo de acoso, debes saber que existen una serie de jurisdicciones ante las que puedes acudir:

Jurisdicción Social

cómo denunciar el acoso laboral

Existen procedimientos laborales que se pueden poner en marcha:

  • Interponer demanda para la tutela de los Derechos Fundamentales: aquí se defiende la dignidad de la persona acosada, por lo que lo que se busca es que el Juez obligue al acosador a que cese en su comportamiento.
  • Poner en marcha para que se procesa a extinguir la relación laboral existente: aquí se pide que finalice la relación con la empresa y sea reconocida la indemnización máxima. Consideración de despido improcedente y que se abra la posibilidad de solicitar la prestación por desempleo son los objetivos.
  • Procedimiento destinado a reclamar daños y perjuicios: además de demandar la tutela de los derechos fundamentales, es posible pedir a la empresa que pague los daños y perjuicios que cause el acoso. Todo pasa aquí por ser capaz de demostrar dichos daños y cuantificarlos adecuadamente.
  • Todos los derechos pasan a reclamarse: si lo que se quiere es salir lo más rápido que se pueda de la empresa por la situación de acoso, puede demandarse todos los derechos que uno tiene para que al final la empresa termine despidiendo al trabajador. Con el despido el acoso finaliza, pudiendo en ese momento proceder a la impugnación del despido.

Debemos recordar que es posible solicitar al Juzgado que de la autorización al trabajador para que no vaya a trabajar hasta que no termine el juicio y que la empresa le pague el salario. En la mayor parte de los casos, hay que demandar a acosador y empresa.

Esto es algo que se ajusta a derecho y que en muchos casos supone un alivio para las personas que tienen que aguantar tales comportamientos en su puesto de trabajo. Por lo tanto estos son los procedimientos para denunciar acoso laboral:

Procedimiento Penal

En el plano penal debemos tener en cuenta que podemos comenzar una serie de procedimientos en el plano penal:

  1. Contra la persona acosadora: el acoso es posible que sea un delito cuando se realizan agresiones, amenazas, etc.
  2. Contra la empresa: cuando se tomen las medidas que deberían para que cese el acoso.
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Procedimiento Civil del acoso laboral

Es posible proceder a la solicitud de las responsabilidades extracontractuales del agresor, siempre que no sea el empresario.

Procedimiento Contencioso-Administrativo

Si el tema del acoso es sobre un funcionario público, la vía a la que se debe acudir es la vía contenciosa, no la laboral. Hay que tener en cuenta que en la Administración cuentan con un protocolo que lucha por evitar el acoso.

Cuando no se actúa se puede realizar la correspondiente demanda ante los Juzgados de lo Contencioso/Administrativo y solicitar la indemnización por daños y perjuicios al acosado.

Cómo denunciar el acoso sin tener que ir a juicio

Es posible hacer este tipo de denuncia o demanda por acoso laboral sin necesidad de tener que pisar el juzgado. Veamos las posibilidades:

  • Que lo conozca el Comité de Seguridad y Salud de la empresa: esto funciona en las empresas de gran tamaño, también si se comunica a los representantes de los trabajadores. La propia empresa es la que se encarga de investigar los hechos y en su caso, tomar las medidas correspondientes. Solo funciona cuando el acoso es entre los propios trabajadores no por altos cargos de la empresa, puesto que sería tirar piedras contra su propio tejado.
  • Activación del protocolo frente al acoso si hubiera en el Convenio Colectivo.
  • Denuncia a la dirección de la empresa cuando no venga de la dirección claro está.
  • Denuncia ante la Inspección de Trabajo: aquí se debe hacer una copia y adjuntarla con todas las pruebas del acoso que haya. El inspector, investigará los hechos anónimamente. El Inspector tiene la capacidad de llegar a obligar a la empresa en que deponga el acoso, pudiendo llegar incluso a sanciones.

¿Cómo conseguir pruebas?

En las denuncias que suceden por acoso laboral, la regla del procedimiento penal es clara, puesto que la carga de la prueba termina recayendo en la persona que denuncia.

Solo se invierte esto cuando haya algún suceso en el que se vulneren los derechos fundamentales, por lo que el denunciante en la práctica totalidad de las ocasiones deberá probar la situación en la que vive en su trabajo. A la empresa le toca dejar bien claro que existen causas objetivas que sirven para argumentar la toma de decisiones o los comportamientos que se hayan tenido con la persona acosada.

Recopilar las pruebas

Una sentencia del Tribunal Supremo del año 2014, supuso un momento clave a la hora de validar las pruebas que acreditan un acoso. En ella se dio validez a usar grabaciones magnetofónicas y conversaciones vía WhatsApp.

Esto, en ningún caso vulnera el derecho al secreto de las comunicaciones entre los individuos, siempre que se usen por la persona acosada para su defensa en un procedimiento de carácter judicial.

No solo estas armas tiene el trabajador, existiendo los medios de toda la vida, como interrogar al acosador y testigos, informes periciales por médicos, actas de la Inspección de Trabajo o correos electrónico o papeles manuscritos.

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¿Qué procedimientos hay?

En cuanto a los procedimientos, se puede denunciar a la Inspección de Trabajo para que un inspector se encargue de constatar directa y personalmente los hechos que son objeto de denuncia visitando del centro laboral. De esto hablamos unas líneas más atrás. Este es un medio muy adecuado y donde se pueden probar este tipo de comportamientos de forma eficaz.

Existe la posibilidad de ir a un procedimiento para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas. Aquí el proceso está limitado a los derechos que se lesionen y por su carácter urgente es bastante más eficaz que el ordinario.

La indemnización laboral es otra posibilidad, haciendo posible que el trabajador solicite que se extinga el contrato debido a que han cambiado de forma sustancias las condiciones laborales en donde se ven perjudicado laboralmente. Esta indemnización corresponde en lo monetario a la que le correspondería por un despido improcedente.

Para finalizar, está el procedimiento ordinario causado por daños y perjuicios, el cuál se produce cuando el acoso laboral finalizó, pero la persona acosada desea hacer una reclamación para que se le compense por sus sufrimientos.

Ejemplos de acoso laboral

Un psicólogo alemán, Heinz Leymann, estableció 45 formas de acoso que con el pasado de los años han llegado a ser de 60. El caso es que para simplificarlas, las reunió en 5 grupos:

tipos de acoso laboral

Según Leymann, existen 45 posibles formas de mobbing o acoso en el trabajo, que se dividen en 5 grandes grupos:

  1. Limitación de la comunicación del acosado: la víctima del acoso no puede expresarse. Esto se consigue con continuas interrupciones cuando quiere hablar, criticando cuando lo hace.
  2. Limitar el contacto social: el aislamiento es otra popular forma de mobbing. De esta manera se prohíbe a los compañeros que hablen con la persona acosada, dejándole de hablar sin motivo y actuando como si no existiera. En no pocos casos incluso se les deja apartados en el peor lugar o sitio en el que pasen desapercibidos.
  3. Ataque a la reputación de la persona acosada: aquí vienen las burlas, bromas o insultos sobre la persona, sus orígenes, etc. Muchas veces se difunden rumores falsos para que de forma definitiva se hunda su reputación.
  4. Daño a su salud física: aquí están las agresiones de carácter físico a la víctima en su sitio de trabajo o mandarle a realizar las tareas de mayor peligro o insalubridad.
  5. Descrédito profesional: cuando se asignan al acosado labores bastante por encima o debajo de lo que dictan sus capacidades profesionales. El objetivo es que haga tareas que no son productivas, por lo que al final termina no haciendo nada y desesperado.

Esperamos que después de este artículo cuentes con toda la información necesaria para hacer frente al acoso laboral si lo sufres o conoces a alguien que lo esté sufriendo. Denuncia la situación, te harás un favor a ti mismo y a la sociedad.

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